FJT SOMETE RECURSO ANTE
EL TC CONTRA CÓDIGO PENAL
La Fundación Justicia y
Transparencia (FJT), sometió este martes
por ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad
parcial contra los artículos 107, 108, 109 y 110 de la ley 550-14 que instituye
un nuevo Código Penal en la República Dominicana, por estar plagado de
irregularidades y violaciones, tanto en el procedimiento legislativo para
conocer la observaciones del Poder Ejecutivo, como también en el contenido de
los artículos observados.
La FJT en su instancia
introductiva de inconstitucionalidad explicó algunas de las violaciones
verificadas en el curso del conocimiento de las observaciones hechas por el
Poder Ejecutivo, la Cámara de Diputados, incurrió en diversas violaciones de
carácter legal y constitucional en materia de la formación de las leyes, entre
las cuales, pueden citarse: a)
Violación al Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, pasando por encima a
la Comisión de Justicia, a la que se había encomendado el estudio de las
observaciones presidenciales, eludiendo su conocimiento e impidiendo el debate
de su propuesta; b) Violación a la
disposición que le ordena dejar la conducción de la sesión en manos de la
vicepresidencia de la Cámara de Diputados, cuando se conozca un proyecto del
Presidente de la Cámara, y ante las objeciones de algunos miembros, obviando
además la consulta al plenario; c) Se
ignoró el proyecto que en la sesión anterior había sometido la diputada
GUADALUPE VALDEZ para convertir en ley las observaciones presidenciales al
Código Penal, violentando el derecho de esa legisladora;
d) Se aprobó solo una parte de las
observaciones del Poder Ejecutivo, puesto que, en lugar de someter a votación
separada la acogida o no de las observaciones presidenciales, en cambio, el
presidente de la cámara presentó y sometió a votación su propio proyecto, es
decir, de los tres (3) casos de aborto, la Cámara de Diputados solo aprobó uno
de los casos, remitiendo las otras dos excepciones a la elaboración de una ley
especial, de modo que se terminó modificando la propuesta de observación
presidencial.
e) El presidente de la
Cámara de Diputados, sometió a voto una propuesta de redacción, de la cual no se
tenía ni conocimiento, ni noticia alguna, conjuntamente con las observaciones,
y de paso desconociendo otras redacciones formuladas por miembros del
hemiciclo, en franca y abierta transgresión a su propio reglamento interno,
específicamente en el artículo 98, cuando dispone que: “Cuando se esté
discutiendo un asunto, a fin de conservar rigurosamente la unidad del debate,
no podrá presentarse moción alguna sobre la misma materia mientras no se haya
resuelto al respecto”.
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