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martes, 21 de octubre de 2014


CONDENAN A 15 Y 10 AÑOS DE PRISIÓN A HERMANOS MATARON A PEDRADAS A UN JOVEN

El tribunal colegiado de la Cámara Penal de primera instancia de este distrito judicial, impuso la pena de 15 Y 10  años de reclusión mayor contra los nombrados Robert Enrique Alexis Medina (Carbiño), y Roberto Ernesto Medina (Bobo), por haber dado muerte a pedradas al nombrado a Ricky Alexander Rijo Ramírez, en un  hecho ocurrido el 2 de noviembre del año 2012 en el sector rio salao de esta ciudad.

El hecho ocurrió a eso de las 11:45 de la noche en un callejón próximo a la calle Restauración del sector Río Salao, cuando el nombrado Roberto Ernesto Medina (Alias) Bobo, había reclamado en medio de una fuerte discusión al hoy occiso Ricky Alexander Rijo Ramírez, "que le buscara un tapa válvulas que se le había perdido a su motocicleta que de lo contrario habría problemas".

Tras esta discusión el nombrado Roberto Ernesto Medina, fue a buscar a su hermano el hoy condenado Enrique Alexis Medina(alias) Carbiño, quien al encontrar  al hoy occiso, entró en discusión con el mismo, y que a pesar de ser separados por el nombrado Johanny J. Pache, éste tomó una piedra del suelo y la arrojó contra la víctima impactándole la cabeza, y ocasionándole la muerte por hipoxia cerebral, debido a contusión, laceración y hemorragia de masa encefálica y trauma contuso encefálico severo, según lo establecido en el certificado médico legal, emitido por el Inacif.


El Ministerio Público de esta ciudad que dirige el procurador fiscal Richard Guilamo Cedano y que estuvo representado en audiencia por el fiscal Daniel Acevedo  Antigua, ante la gravedad del hecho, la pluralidad de agentes delictivos y la connotación social del delito, solicitó al tribunal colegiado de la Cámara Penal de primera instancia de este distrito judicial, que se avocara a imponer la pena de 15 y 10 años de reclusión mayor en contra los nombrados  Roberto Enrique Alexis Medina, y Robert Ernesto Medina , por existir suficiente elementos de prueba  que lo vinculaban al hecho que se le imputaba y por haber estos incurrido en la violación de los artículos 295 y 304 del código penal que  penaliza el  homicidio.

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